Por Sentencia Tribunal Supremo / 12 de febrero de 2026
STS, a 12 de febrero de 2026 - ROJ: STS 736/2026
ECLI:ES:TS:2026:736 Sala de lo Penal Nº de Resolución: 126/2026 Municipio: Madrid Ponente: ANTONIO DEL MORAL GARCIA Nº Recurso: 7152/2022
RESUMEN: Imparcialidad del Tribunal: el ejercicio correcto dentro de los márgenes legales de discrecionalidad de las facultades de dirección del debate no atenta a la imparcialidad, como tampoco enturbia esa imparcialidad el juicio que puede ir formándose el Tribunal a medida que se va desarrollando la actividad probatoria: eso no es "prejuicio" prohibido, sino "juicio" obligado. *La presunción de inocencia no habilita en casación para una nueva valoración de la prueba testifical cuando la efectuada por la Audiencia y convalidada en apelación goza de racionalidad y está suficientemente motivada (STC 133/2014). *Estafa: la exigencia de que el engaño sea "bastante" no puede llevar a una atrofia de la tutela penal, obligando a una sistemática desconfianza en las relaciones empresariales, laborales o mercantiles. *Es posible la formación de un único delito continuado integrado por episodios constitutivos unos de estafa y otros de apropiación indebida. *Cambio del título de imputación: posibilidad en casación cumplidos determinados presupuestos que disipen todo peligro de indefensión
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