¡Rotundamente NO! Que la administración no responda dentro del plazo legal (generalmente 6 meses) opera como un "silencio administrativo negativo". Esto no es una derrota definitiva, sino un requisito necesario para seguir luchando.
Legalmente, ese silencio equivale a una denegación presunta, lo que le permite a usted interponer una demanda ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Almería. En esta fase judicial, un juez neutral analizará su caso y las pruebas técnicas que aportemos para determinar si el Ayuntamiento es responsable patrimonialmente por haber concedido una licencia defectuosa o por no haber vigilado la obra. No se rinda; el silencio es solo el paso previo a la batalla judicial.