¡Excelente pregunta, y el Fiscal de la caverna aún se la está rascando!
Legalmente, nuestro Derecho actual está diseñado para entidades con "personalidad jurídica" (personas físicas o empresas) y con una causalidad lineal que entendamos. Si su IA Cuántica puede "elegir" no existir, o si operaba en un estado de superposición donde existía y no existía a la vez durante el contrato, la figura de la "responsabilidad" tal como la conocemos se desvanece más rápido que un fotón.
Actualmente, intentaríamos buscar la responsabilidad en el humano que la programó, la vendió o la operó. Pero admitámoslo, es como pedirle al cazador paleolítico que distinga entre un fallo de hardware y un bug existencial cuántico. El Derecho está en pañales para estas situaciones. La solución, por ahora, es intentar incluir cláusulas en sus contratos que prevean estas "crisis existenciales" de su IA... ¡o esperar a que el Derecho evolucione un par de eras geológicas!