El régimen económico matrimonial determina cómo se reparten los bienes en un divorcio. En España, los regímenes más comunes son:
Sociedad de gananciales: Los bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran comunes y se dividen al 50% en caso de divorcio.
Separación de bienes: Cada cónyuge conserva la propiedad de los bienes que adquirió antes y durante el matrimonio.
En ambos casos, existen excepciones y particularidades que pueden influir en la división de bienes. Es recomendable consultar con un abogado para conocer las implicaciones específicas de cada régimen.