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RESIDENCIA Y CIRCULACIóN DE CIUDADANOS DE LA UNIóN EUROPEA
Por Diego Ricardo Molinari Chiarappa / 01 de mayo de 2024
https://www.mchmabogados.es/ ⚖️ Residencia y Circulación de Ciudadanos de la Unión Europea. En este artículo, estudiaremos los derechos y obligaciones de los ciudadanos de la UE que residen en España y abordaremos cuestiones como la tarjeta de residencia y la libre circulación. ✍️ Ciudadanos de la Unión Europea en España: Los ciudadanos de la Unión Europea (UE) que residen en España tienen derechos y obligaciones específicos. A continuación, se detallan algunos aspectos clave: 1- Normativa Básica Reguladora: -El Real Decreto 240/2007 establece las condiciones para el ejercicio de los derechos de entrada, salida, libre circulación, estancia, residencia y trabajo en España para ciudadanos de otros Estados miembros de la UE, así como de los nacionales de la Confederación Suiza y los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein). - Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana. Esta ley, promulgada el 30 de marzo de 2015, regula los derechos y obligaciones de los ciudadanos de la UE en España. Define aspectos como la entrada, salida, libre circulación, estancia, residencia y trabajo. 2- Derechos y Obligaciones: A) Entrada y Salida: Los ciudadanos de la UE pueden entrar y salir libremente de España. Requisitos de Entrada: Los ciudadanos de la UE pueden entrar libremente en España sin necesidad de visado. No hay controles fronterizos internos dentro de la UE. Prohibiciones de Entrada: Aunque rara, existen restricciones por razones de orden público, seguridad pública o salud pública. Estas restricciones son excepcionales y se aplican en situaciones específicas. Tipos de Visado: Si bien no es necesario un visado para estancias cortas, algunos ciudadanos pueden requerir un visado para ciertos propósitos (trabajo, estudios, etc.). Regulación de la Salida: Al salir de España, no hay controles específicos para ciudadanos de la UE. Sin embargo, es importante cumplir con los requisitos al viajar fuera del país. B) Estancia y Residencia: Pueden residir en España durante un período determinado sin necesidad de visado. Estancia (hasta 3 meses): Los ciudadanos de la UE pueden permanecer en España durante un período de hasta tres meses sin necesidad de registrarse formalmente. El único requisito es disponer de un documento nacional de identidad (DNI) o pasaporte en vigor. Si desean permanecer más de tres meses, es posible que deban registrarse como residentes en el país. En muchos países de la UE, es obligatorio llevar siempre encima el DNI o el pasaporte. Aunque en estos países puedan ponerte una multa o detenerte temporalmente si te has dejado la documentación en casa, eso por sí solo no puede ser motivo de expulsión del país. Residencia Permanente: Después de vivir legalmente en otro país de la UE durante cinco años seguidos, los ciudadanos adquieren automáticamente el derecho a la residencia permanente. Esto les permite residir indefinidamente en el país. C) Número de Identidad de Extranjero (NIE): Deben obtener un NIE para realizar trámites administrativos. ¿Qué es el NIE? El NIE es un número personal, único y exclusivo asignado a los extranjeros que tienen intereses económicos, profesionales o sociales en España. Este número se utiliza para la identificación y debe figurar en todos los documentos emitidos o tramitados para el extranjero, así como en su tarjeta de identidad o pasaporte. Requisitos para la Asignación del NIE: No encontrarse en España en situación irregular. Comunicar los motivos por los que se solicita la asignación del número. Solicitudes de Asignación del NIE: Presentación en España personalmente por el interesado a través de las Oficinas de Extranjería o Comisarías de Policía. Presentación en España a través de representante legal con poder suficiente. Presentación fuera del territorio español a través de las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares españolas en el país de residencia del solicitante. Documentos Necesarios para la Asignación del NIE: Impreso-solicitud normalizado (EX-15), debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero. Original y copia del pasaporte completo, documento de identidad, título de viaje o cédula de inscripción en vigor. Comunicación de las causas económicas, profesionales o sociales que justifican la solicitud. Validez de Documentos Públicos Extranjeros: Para verificar los requisitos relativos a la legalización y traducción de documentos públicos extranjeros, consulta la hoja informativa de la Secretaría de Estado de Migraciones. El NIE es esencial para llevar a cabo una variedad de trámites en España, como abrir una cuenta bancaria, comprar una propiedad, adquirir un vehículo, solicitar permisos de trabajo o residencia, entre otros. D) Residencia de Carácter Permanente: Después de cinco años de residencia legal, pueden solicitar la residencia permanente. Titulares del Derecho: Son titulares del derecho a residir con carácter permanente los ciudadanos de un Estado miembro de la UE y los miembros de la familia que no sean nacionales de uno de dichos Estados. Para obtener la residencia permanente, deben haber residido legalmente en España durante un período continuado de cinco años. Circunstancias Especiales: Además de los cinco años de residencia continua, existen situaciones especiales en las que se puede acceder a la residencia permanente antes de cumplir dicho período: -Trabajadores Jubilados: Si un trabajador por cuenta propia o ajena alcanza la edad de jubilación con derecho a pensión en España después de al menos 12 meses de actividad y más de tres años de residencia continua, puede solicitar la residencia permanente. -Trabajadores con Incapacidad Permanente: Si un trabajador cesa en su actividad debido a incapacidad permanente después de más de dos años de residencia continua en España, puede acceder a la residencia permanente. -Trabajadores que Desempeñan Actividad en Otro Estado Miembro: Si un trabajador ha ejercido su actividad en otro país de la UE durante tres años consecutivos y mantiene su residencia en España, puede obtener la residencia permanente. Excepciones al Requisito de Duración de Residencia: El requisito de duración de residencia no se aplica si el ciudadano de la UE está casado o es pareja registrada de un ciudadano español o de un ciudadano que ha perdido su nacionalidad española tras el matrimonio o la inscripción como pareja registrada con el trabajador. Trámites y Documentación: Para obtener la residencia de carácter permanente, se deben seguir los procedimientos establecidos por el Ministerio del Interior. Es importante presentar la documentación requerida, como el certificado de registro y otros documentos relevantes. Medidas por Razones de Orden Público, Seguridad y Salud: Aunque disfrutan de libertad de circulación, pueden enfrentar restricciones en casos excepcionales por razones de seguridad o salud pública. 3- Trámites Administrativos: A) Certificado de Registro y Tarjeta de Residencia: Los ciudadanos de la UE deben obtener el certificado de registro como residentes y, posteriormente, la tarjeta de residencia. Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea: Es el documento que acredita la inscripción en el Registro Central de Extranjeros de los ciudadanos de un Estado miembro de la UE o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que van a residir en España por un período superior a tres meses. Este certificado es necesario para demostrar la residencia legal en España y acceder a los derechos y beneficios correspondientes. Para obtenerlo, los ciudadanos de la UE deben presentar la solicitud ante las Oficinas de Extranjería de la provincia donde deseen residir o fijar su residencia. Procedimiento para Obtener el Certificado de Registro: Rellenar el formulario EX18 (Solicitud de inscripción en el Registro Central de Extranjeros_Residencia ciudadano de la UE). Pagar la tasa correspondiente (Modelo 790 Código 012) en bancos, cajas de ahorro o cooperativas de crédito. Presentar la solicitud y la documentación requerida en las oficinas mencionadas. Tarjeta de Residencia: Una vez obtenido el certificado de registro, los ciudadanos de la UE pueden solicitar la tarjeta de residencia. La tarjeta de residencia es un documento físico que acredita la residencia legal y contiene información personal, como nombre, fotografía y número de identificación. Es importante llevar la tarjeta de residencia consigo, ya que puede ser requerida en trámites administrativos y al viajar dentro de la UE. Vigencia: El certificado de registro y la tarjeta de residencia tienen una validez indefinida mientras el ciudadano continúe residiendo en España. En el caso de los ciudadanos británicos y sus familiares, los actuales certificados de registro y tarjetas de familiares de ciudadano de la UE son válidos para acreditar la residencia legal previa al 1 de enero de 2021, según las previsiones del Acuerdo de Retirada. B) Control de Fronteras: Aunque no hay controles fronterizos internos en la UE, es importante cumplir con los requisitos al ingresar o salir de España. Acuerdo de Schengen: El Acuerdo de Schengen, firmado en 1985 cerca de la ciudad fronteriza luxemburguesa de Schengen, estableció un área sin fronteras internas conocida como espacio Schengen. Actualmente, el espacio Schengen está formado por veintisiete países europeos. El acervo de Schengen incluye normas sobre el cruce de fronteras exteriores y las condiciones para el restablecimiento temporal de los controles en las fronteras interiores. Código de Fronteras Schengen: El Código de Fronteras Schengen es el pilar central de la gestión de las fronteras exteriores. Establece las normas para el cruce de fronteras exteriores y las condiciones para el restablecimiento temporal de los controles en las fronteras interiores. Obliga a los Estados miembros a llevar a cabo controles sistemáticos de todas las personas que crucen las fronteras exteriores mediante la comprobación en bases de datos relevantes. Control de Fronteras en España: El Ministerio del Interior proporciona información sobre los documentos que permiten la entrada en territorio español, los documentos válidos para el cruce de fronteras y las obligaciones de los transportistas en relación con el control de documentos y la remisión de información. ✨ ⚖️ Bienvenido al proceso de Extranjería Online ofrecido por MCHM Abogados. A través de nuestra plataforma en línea, te ofrecemos la conveniencia de completar todo el trámite desde la comodidad de tu hogar, sin necesidad de visitar nuestro despacho ni los tribunales (Excepto trámites imperativos). A continuación, te guiaremos a través de cada paso del proceso: Acceso a tu Cuenta Personal: Una vez que accedas a nuestra página web https://www.mchmabogados.es/inicio-sesion-mchmabogados-almeria [Extranjería], podrás crear una cuenta personal o iniciar sesión si ya tienes una cuenta existente. Desde tu cuenta personal, tendrás acceso a todas las herramientas necesarias para completar el proceso de Extranjería. Subida de Documentos: Desde tu cuenta personal, podrás subir todos los documentos necesarios para iniciar el proceso de Extranjería. Esto incluye documentos como prórroga de estancia de corta duración, asignación de NIE a instancia de interesado, certificado de residente, autorización expedición carta de invitación, certificado de registro de ciudadano de la UE, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea, autorización de regreso, tarjeta de residencia de larga duración, autorización y renovación residencia temporal por circunstancias excepcionales, tarjeta inicial o renovación residencia o residencia y trabajo, tarjeta de estudiantes para extranjeros inicial o renovación y cualquier otro documento relevante para tu caso. Recepción de Notificaciones y Requerimientos: Una vez que hayas subido tus documentos, recibirás notificaciones y requerimientos a través de tu cuenta personal en nuestra plataforma en línea. Estas notificaciones incluirán información sobre el estado de tu caso, cualquier acción requerida de tu parte, y cualquier comunicación importante relacionada con tu proceso de Extranjería. Seguimiento del Proceso: Desde tu cuenta personal, podrás realizar un seguimiento en tiempo real del progreso de tu caso. Esto incluye información sobre audiencias, resoluciones judiciales, y cualquier otra actualización relevante. Comunicación con tu Abogado: A través de nuestra plataforma en línea, tendrás la capacidad de comunicarte directamente con tu abogado asignado. Podrás realizar consultas, hacer preguntas, y recibir asesoramiento legal personalizado en cualquier momento durante el proceso. 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