Ley de Segunda Oportunidad
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Más información#MCHMAbogados:Ver en X / Ver en Facebook / Ver en GoogleLa bicicleta con pedaleo asistido no se considera «vehículo» para el seguro obligatorio de RC https://www.mchmabogados.es/ Las bicicletas de asistencia al pedaleo no se consideran un "vehículo" a efectos del seguro de responsabilidad civil obligatorio. ✍️ ⚖️ El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado en una sentencia del 12 de octubre de 2023 (asunto C‑286/22) que una bicicleta con motor eléctrico que solo ayuda al pedaleo y que tiene una función que permite acelerar hasta 20 km/h sin pedalear, pero solo después de usar la fuerza muscular, no está incluida en el concepto de "vehículo" según el artículo 1 de la Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre seguro de responsabilidad civil por la circulación de vehículos automóviles. El caso principal involucra a una persona que fue atropellada por un automóvil mientras circulaba en una bicicleta con asistencia al pedaleo en 2017, resultando gravemente herida y falleciendo en 2018. La aseguradora de su empleador, P&V, pagó indemnizaciones y se subrogó en sus derechos. P&V demandó a la compañía aseguradora del automóvil, KBC, y esta última presentó una demanda reconvencional solicitando la devolución de dinero. La sentencia inicial de octubre de 2019 indicó que el conductor del vehículo no era responsable del accidente, pero que KBC estaba obligada a indemnizar a la víctima y a P&V, ya que la víctima no era conductora de un vehículo automóvil. Tras una apelación y un recurso de casación, el órgano jurisdiccional planteó una cuestión prejudicial sobre la interpretación del concepto de "vehículo" en la Directiva 2009/103. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha llegado a una conclusión tras evaluar detalladamente la Directiva 2009/103 y la jurisprudencia correspondiente en relación con las máquinas motorizadas, como las bicicletas de pedaleo asistido. Se determina que estas máquinas, que no se desplazan exclusivamente por fuerza mecánica y cuya velocidad máxima es de 20 km/h sin necesidad de pedalear, no representan un riesgo equiparable en términos de daños a terceros como lo hacen los vehículos convencionales accionados únicamente por fuerza mecánica, tales como motocicletas, automóviles o camiones. Por lo tanto, se establece que estas bicicletas no deben considerarse "vehículos" en el contexto de la Directiva 2009/103, ya que su inclusión no es necesaria para cumplir el objetivo de protección de las víctimas de accidentes de tráfico perseguido por dicha directiva. ⚖️ En resumen, la respuesta a la cuestión planteada establece que una bicicleta con asistencia eléctrica al pedaleo, capaz de acelerar sin pedalear hasta 20 km/h, y que requiere el uso de la fuerza muscular para activar esta función, no se considera un "vehículo" según el artículo 1, punto 1 de la Directiva 2009/103. ✨ ⚖️ Bienvenido al proceso de Tráfico Online ofrecido por MCHM Abogados. A través de nuestra plataforma en línea, te ofrecemos la conveniencia de completar todo el trámite desde la comodidad de tu hogar, sin necesidad de visitar nuestro despacho ni los tribunales (Excepto trámites imperativos). A continuación, te guiaremos a través de cada paso del proceso: Acceso a tu Cuenta Personal: Una vez que accedas a nuestra página web https://www.mchmabogados.es/inicio-sesion-mchmabogados-almeria [Tráfico], podrás crear una cuenta personal o iniciar sesión si ya tienes una cuenta existente. Desde tu cuenta personal, tendrás acceso a todas las herramientas necesarias para completar el proceso de Tráfico. Subida de Documentos: Desde tu cuenta personal, podrás subir todos los documentos necesarios para iniciar el proceso de Tráfico. Esto incluye documentos como informe médico, informes de las sesiones de rehabilitación, recibos de las medicinas y los instrumentos de recuperación, informes de alta médica o los que se otorgan por incapacidad, pruebas médicas de carácter especial, informe de objetos de valor dañados facturas y/o recibos de pago), atestado policial, fotografías del suceso y de los daños, informe pericial y cualquier otro documento relevante para tu caso. Recepción de Notificaciones y Requerimientos: Una vez que hayas subido tus documentos, recibirás notificaciones y requerimientos a través de tu cuenta personal en nuestra plataforma en línea. Estas notificaciones incluirán información sobre el estado de tu caso, cualquier acción requerida de tu parte, y cualquier comunicación importante relacionada con tu proceso de Tráfico. Seguimiento del Proceso: Desde tu cuenta personal, podrás realizar un seguimiento en tiempo real del progreso de tu caso. Esto incluye información sobre audiencias, resoluciones judiciales, y cualquier otra actualización relevante. Comunicación con tu Abogado: A través de nuestra plataforma en línea, tendrás la capacidad de comunicarte directamente con tu abogado asignado. Podrás realizar consultas, hacer preguntas, y recibir asesoramiento legal personalizado en cualquier momento durante el proceso. Recepción de Sentencia: Una vez que se haya completado el proceso, recibirás la sentencia final a través de tu cuenta personal en nuestra plataforma en línea. Esta sentencia incluirá cualquier decisión tomada por el tribunal en relación con tu caso de Tráfico. En resumen, nuestro proceso de Tráfico Online te ofrece la conveniencia y la flexibilidad de completar todo el trámite desde la comodidad de tu hogar, sin necesidad de visitar nuestro despacho ni los tribunales (Excepto trámites imperativos). Con acceso a tu cuenta personal en nuestra plataforma en línea, podrás subir documentos, recibir notificaciones, comunicarte con tu abogado, y realizar un seguimiento del progreso de tu caso en tiempo real. En MCHM Abogados, estamos comprometidos a brindarte el mejor servicio posible durante todo el proceso de Tráfico. Para más información, no dudes en ponerte en contacto con MCHM Abogados. ✍️
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